Valparaíso, Chile.

Plan de emergencia y evacuación en condominios

NUEVA LEY DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA- TITULO VII-ART 40 INDICA

Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros o emergencias, tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio. deberá incluir las acciones a tomar antes, durante y después del siniestro o emergencia, con especial énfasis en la alerta temprana y los procedimientos de evacuación ante incendios.

Nos encargamos de realizar diagnostico, informe, plan de emergencia y evacuación, actualizaciones, simulacros en conjunto a la comunidad, capacitación para estar preparados ante cualquier emergencia, tenemos mas de 5 años de experiencia.

Share the Post:

Related Posts